Noticias

Investigador UBB refleja influencia del pensamiento de Cesare Lombroso en Chile en Congreso de la Universidad de Turín

Compartir:

El Dr. Marco León León expuso en calidad de invitado en el Congreso Internacional “Lombroso en las Américas”, convocado por la Universidad de Turín, Italia, que congregó a investigadores de Francia, Reino Unido, Italia, Estados Unidos, Argentina, Bolivia, Brasil, Colombia, México y Chile. El encuentro evidenció la influencia del pensamiento de Cesare Lombroso, médico italiano de la segunda mitad del siglo XIX, creador de la denominada criminología moderna o antropología criminal.

El académico del Departamento de Ciencias Sociales Dr. Marco León comentó que el congreso permitió constatar la importancia que tuvieron las ideas de Cesare Lombroso tanto en Europa como en América entre finales del siglo XIX y la primera mitad del siglo XX.

El académico del Departamento de Ciencias Sociales Dr. Marco León comentó que el congreso permitió constatar la importancia que tuvieron las ideas de Cesare Lombroso tanto en Europa como en América entre finales del siglo XIX y la primera mitad del siglo XX.

El Dr. León presentó una sistematización de trabajos previos y también nuevos aportes del proyecto Fondecyt Regular N° 1210545, en curso, en lo referido a la circulación de las ideas de la Antropología Criminal en revistas académicas, policiales y en la prensa de masas.

Antropología criminal en Chile

“Revisé el origen, la trayectoria y la circulación de las ideas de la antropología criminal en Chile, fundamentalmente entre 1890 y 1954. En 1890, pues en la Revista Forense Chilena, un abogado chileno publicó el primer artículo en Chile sobre lo que él denominaba, en ese entonces, la nueva Escuela Penal Italiana. Es el primer artículo que habla sobre Lombroso, Enrico Ferri y Raffaele Garofalo, discípulos y difusores de las ideas lombrosianas en Europa y en el resto de América Latina. Y 1954, como fecha de cierre, porque es el año en que se dicta la Ley de Estados Antisociales en Chile, una ley que, a diferencia del resto de la legislación penal que había hasta ese entonces, incorpora los criterios de la criminología positivista o de la antropología criminal al cuerpo legal”, precisó.

Criminología clásica y antropología criminal

El Dr. León explicó que el Código Penal chileno de 1874 y el Código de Procedimiento Penal de 1906, siguen la línea interpretativa clásica de la criminología, es decir, se acepta la idea del libre albedrío y de la responsabilidad, vale decir, “que un ser humano comete un delito o un crimen en función de su libre albedrío. Y obviamente, esa acción merece un castigo, una sanción penal, pero ello obedece a una libre elección de esa persona, y por eso tiene que hacerse responsable de las consecuencias”, ilustró.

En cambio, la antropología criminal o criminología positivista, postula algo completamente distinto. “Desde la perspectiva de Lombroso se estima que el delito y el crimen son parte de la constitución biológica, de la herencia, de un atavismo, como decía Lombroso, que es propio de la especie humana, pero fundamentalmente de ciertos grupos humanos caracterizados por su condición de pobreza, con determinados rasgos físicos que también mostrarían que hay un deterioro moral, un deterioro en las conductas que llevan a cometer delitos y crímenes”, indicó.

La legislación penal chilena sigue fundamentalmente una matriz clásica, donde lo que se considera es el acto penal. “Desde esta perspectiva uno es juzgado en la medida que efectivamente ha cometido un delito o un crimen y es una figura tipificada. En cambio, en la lógica de la antropología criminal, más que el acto, lo que importa es la persona que lo cometió. Y, de hecho, fue una idea bastante resistida por buena parte de los penalistas de la época; muchos de ellos podían estar de acuerdo con las ideas lombrosianas, pero el tema era cómo llevar las ideas de Lombroso a una legislación penal que funcionaba con una lógica distinta”, señaló.

Ley de Estados Antisociales

Sin embargo, en 1954 se dicta la Ley de Estados Antisociales debido a la percepción de un aumento de la criminalidad, que lleva al mundo político a intentar modernizar la legislación penal e incluso a reemplazar el Código Penal, lo que finalmente no sucede, pero sí se incorporan elementos o criterios, por ejemplo, el índice de peligrosidad que permite determinar la peligrosidad de las personas, una idea que defendía la antropología criminal.

“Esta idea de llevar la peligrosidad a la legislación penal fue apoyada por varios abogados e incluso por el Instituto de Ciencias Penales, que presentó el primer proyecto de Ley de Estados Antisociales en 1941. Como no era fácil de implementar y generó resistencia, tuvo que pasar más de una década para que finalmente se aprobara el proyecto. Por eso la idea del Estado Antisocial no está formulada en función del acto, sino que en función del individuo y de la presunción de peligrosidad que tienen ciertos individuos y ciertos grupos, que pueden ser dañinos para el resto del cuerpo social, tales como vagos, mendigos, homosexuales e incluso otras figuras”, reseñó.

Si bien, la ley fue aprobada en 1954, los estudios señalan que tuvo una escasa aplicación, aún cuando se mantuvo vigente en el ordenamiento penal chileno hasta comienzos de la década de 1990. “Era una ley que no se aplicaba pero que existía. Si alguien quería invocarla o aplicarla podía hacerlo. Estas ideas positivistas, en su versión criminológica, si bien generaron debate, no llegaron finalmente a los códigos. Aunque sí fueron capaces de generar esta legislación en una época en la cual se suponía que muchas de las ideas positivistas y de la antropología criminal ya estaban superadas”, ilustró el Dr. León.

Diferentes revistas y audiencias

Otro aspecto destacado por el Dr. León se refiere al hecho de cómo el pensamiento criminológico circula en diferentes formatos y audiencias.

“Ciertamente, está el debate especializado de cómo estas ideas llegan a la medicina, al derecho, a especialidades concretas como la psiquiatría o el derecho penal (…) Transitan también en publicaciones especializadas, por ejemplo, en la Revista de Psiquiatría y Disciplinas Conexas de la Universidad de Chile, o la revista de Ciencias Penales del Instituto de Ciencias Penales, vigente hasta el día de hoy. El pensamiento antropológico criminal también está presente en revistas policiales como la Revista de Carabineros de Chile, en las revistas de la Policía de Investigaciones: la Revista Detective, la Revista de Criminología y Policía Científica, y después la Revista Criminología”, describió.

Incluso, el Dr. Marco León advierte que dicho pensamiento antropológico criminal también está presente en la prensa y en las revistas de masas del periodo, que no apuntan a un público especializado ni a un público policial, sino que a una audiencia más amplia.

“En la medida que las crónicas rojas, por ejemplo, invocan estas figuras de asesinos o criminales natos que tipificaba Lombroso, están permanentemente reactualizando esas figuras en escenarios cronológicos que ya son distintos a la época en que escribe Lombroso. De hecho, la obra más conocida y considerada de Lombroso “El hombre criminal”, es publicada en 1876. Pero tenemos que décadas más tarde y ya bastante avanzado el siglo XX, esas mismas figuras que son de fines del siglo XIX, se siguen actualizando y reactualizando a través de la prensa de masas”, aseveró.

El Dr. Marco León comentó que más allá del carácter de difusión de ideas de un continente a otro, “lo realmente interesante de las ideas de la antropología criminal, es que son capaces de transitar no sólo geográficamente, sino también en distintos soportes o en distintos circuitos culturales. Llegando, por ende, a públicos distintos y familiarizándolos con ideas que a veces no son las más elaboradas, pero que más o menos apuntan a lo central del pensamiento criminológico positivista o lombrosiano”, reflexionó.

Fuente: UBB

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *